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  ORGANIZACIONES INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA                        ORGANISMOS INTERNACIONALES DE RADIACIONES NO IONIZANTES  ARANCHA SANCHIS OTERO (Centro Nacional de Sanidad Ambiental. Isntituto de Salud Carlos III) C Corría el año 1974 cuando, en el seno de Asociación Internacional de Protección Radiológica (IRPA), se formó el grupo de trabajo dedicado a la radiación no ionizante (RNI), cuyo principal objetivo era abor- dar y guiar sobre los problemas ya planteados de protección frente a RNI, y que habían surgido desde que los radares fueron introducidos por primera vez en 1950 durante la Segunda Guerra Mundial. De aquel Comité Interna- cional de Radiación No Ionizante (INIRC) surgió años más tarde, en el marco del 7o Congreso Internacional de IRPA de 1992 en Montreal, la Comisión Internacional de Protección contra la Radiación No Ionizante (ICNRIP, acrónimo de su nombre en inglés1) que continuaría el trabajo hasta entonces realizado por IRPA/INIRC. Registrada como asociación independiente y sin ánimo de lucro en Múnich, Alemania, ICNIRP es colaboradora oficial de la Organización Mundial de la Salud y de la Organiza- ción Internacional del Trabajo, y es consultada por la Comisión Europea. Trabaja en estrecha relación con la Comisión Inter- nacional Electrotécnica (IEC) y con la Comisión Internacional de Iluminación (CIE), para la región óptica del espectro, como entidades referentes en los métodos de medida de los cam- pos electromagnéticos, además de colaborar con otros orga- nismos internacionales relacionados con la protección frente a RNI. ICNIRP se financia a través de subvenciones públicas procedentes de ministerios de diversas naciones, de la Unión Europea, de IRPA o de agencias de protección radiológica, y sus miembros no pueden tener relación laboral con la indus- tria para asegurar la independencia de ICNIRP frente a posibles intereses creados. Esta Comisión congrega a expertos interna- cionales en biología, epidemiología, medicina, física y química, encargados de evaluar los efectos biológicos, los mecanismos de acción y de protección, así como los riegos de exposición a RNI en base a literatura científica del momento. A partir de este trabajo, ICNIRP establece los límites de exposición para protec- ción frente a conocidos efectos adversos en la salud de la RNI, y los publica como directrices fundamentadas en la evidencia científica para pautar y orientar a los gobiernos acerca de la protección radiológica frente a RNI. Estas directrices son ac- tualizadas periódicamente a través de informes denominados Documentos de Revisión y Declaraciones, y sus borradores es- tán disponibles para consulta pública antes de la edición final. En 1998, ICNIRP publicó su primer documento de guía para la protección frente a campos eléctrico, magnético y electromag- nético variables en el tiempo (hasta 300 GHz), en la que se fun- damentaron los límites de exposición que la Recomendación del Consejo EU 1999/519/EC sugería a los Estados Miembros para la adopción de un marco de protección de la salud frente a RNI. Desde entonces, los procesos de revisión han dado lugar a la actualización y a la publicación de las directrices sobre los límites de exposición a campos de bajas frecuencias (1 Hz - 100 1Todos los acrónimos de las asociaciones u organismos citados en el texto derivan de sus nombres en inglés, excepto CIE, cuyo acrónimo oficial pro- viene de su nombre en francés. kHz), en 2010; a radiación visible e infrarrojos y radiación láser, en 2013; a campos eléctricos inducidos por el movimiento en campos magnéticos hasta 1 Hz, en 2014; y la más reciente y esperada actualización de 2020, sobre los límites de exposición a campos electromagnéticos de 100 kHz a 300 GHz, cubriendo las aplicaciones WiFi, Bluetooth y la telefonía móvil hasta la úl- tima generación 5G. Todos éstos y otros documentos pueden ser consultados pública y gratuitamente a través de la pestaña Publications en su página web www.icnirp.org En este mismo contexto clave, de la vigilancia y control de la ex- posición humana a los campos electromagnéticos, el americano Instituto de Ingenieros Eléctricos y Electrónicos (IEEE), a través de la actividad del Comité Internacional de Seguridad Electro- magnética (ICES/IEEE), también fijó unos límites de protección para el público y la población trabajadora frente a posibles efec- tos sobre la salud por el uso de la energía electromagnética en el rango de 0 Hz a 300 GHz. Los estándares IEEE también son de acceso público desde la página https://www.ices-emfsafety. org/publications/standards/, y a día de hoy los niveles fijados por IEEE están prácticamente armonizadas con los de ICNIRP. En dicha armonización, otro organismo, la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU), ha jugado un papel importante. La ITU es la agencia de las Naciones Unidas especializada en las tecnologías de la información y comunicación (TIC). Desde 1865 ha coordinado el empleo global del espectro de frecuencias de radio, promovido la cooperación internacional en la asignación de las órbitas de los satélites, trabajado para mejorar la infraes- tructura de comunicación en los países en desarrollo y estable- cido estándares a nivel mundial que fomentan la interconexión de una amplia gama de sistemas de comunicación. Su actividad se basa en tres sectores –estandarización (UTI-T), radiocomuni-       RADIOPROTECCIÓN • No 103 • Abril 2022 39 


































































































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