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 ORGANIZACIONES INTERNACIONALES EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA                        posiciones debidas a actividades en medicina, el desarrollo de documentos prácticos sobre licenciamiento de nuevas ins- talaciones y tecnologías, como es el caso de las instalaciones de protonterapia y la organización de seminarios que permi- ten el intercambio de conocimientos entre los países partici- pantes en el campo de la medicina nuclear, la inspección de instalaciones y las auditorias clínicas. • Las actividades de HERCA relacionadas con las fuentes de radiación natural, Radón, NORM y los materiales de construcción HERCA ha organizado diferentes talleres internacionales de gran relevancia para asegurar una comprensión común y una transposición armonizada de los requisitos de la Directiva sobre radón, material radiactivo natural (NORM) y materiales de construcción. Estos talleres han planteado la necesidad de comparar los diversos enfoques nacionales y de ahondar en el intercambio de información sobre cuestiones técnicas y reglamentarias. Como cuestión destacada cabe mencionar los trabajos relacionados con los Planes Nacionales de Acción sobre radiación natural, destinados a explorar los avances en cada país y a promover la mejora continua. • Implementación figuras RPE y RPO Las figuras de Radiation Protection Expert (RPE) y Radiation Pro- tection Officer (RPO) recogidas en la Directiva se encuentran implantadas en los distintos países miembros con diferentes re- quisitos de formación y experiencia. Dentro de este grupo de trabajo se ha llevado a cabo una exhaustiva labor de recopi- lación de estas diferencias (documentadas en las correspon- dientes CFS) y se ha propuesto reforzar la coordinación con la CE en materia de educación y formación, con el objetivo de armonizar la implantación de estas figuras en la UE. • Institución de referencia para ICRP HERCA colabora con ICRP de forma activa con el fin pri- mordial de orientar la actividad de esta comisión hacia los temas estratégicos y de mayor relevancia para la seguridad radiológica. En este sentido, HERCA está en estos momen- tos recopilando información de los países miembros para la redacción de un documento de posición que proporcione la perspectiva de HERCA sobre la revisión del Sistema de Pro- tección Radiológica actual, principalmente en lo referente a las dificultades de la aplicación práctica de algunas de esas recomendaciones. • Red sobre notificación, registro y archivo a largo plazo de datos dosimétricos (ODCRR) Establecida para fomentar la armonización en los países de los requisitos aplicables a la exposición ocupacional y al re- gistro de dosis y establecer criterios para facilitar su imple- mentación, esta red elaboró un cuestionario, circulado entre todos los miembros de HERCA y al que han contestado 24 países. Tras evaluar las respuestas se han identificado las lí- neas de acción sobre las que la Red trabajará en los próxi- mos meses. Sitio web de HERCA: www.herca.org  EURATOM TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA GRUPO DE EXPERTOS DEL ARTÍCULO 31 ANA HERNÁNDEZ (Consejo de Seguridad Nuclear) e IGNACIO AMOR (Consejo de Seguridad Nuclear)        INTRODUCCIÓN El artículo 31o del Tratado de Euratom establece que las nor- mas básicas de protección radiológica de la Unión Europea, serán elaboradas por la Comisión Europea, previo dictamen de un grupo de personalidades designadas por el Comité Científico y Técnico entre los expertos científicos de los Esta- dos miembros, especialmente entre los expertos en materia de salud pública. Aunque el Tratado de Euratom limita la actuación de este Grupo de Expertos (en adelante GE31) a la elaboración de las normas básicas, la realidad es que el GE31 constituye el grupo asesor de la Comisión Europea en lo relacionado con la protección radiológica puesto que sus dictámenes abarcan aspectos adicionales a dichas normas. Como muestra de ello hay que señalar que, en los últimos años, el GE31 ha expresa- do formalmente su opinión en relación con temas como: • La propuesta de modificación de la Directiva 2009/71/Eura- tom por la que por la que se establece un marco comunita- rio para la seguridad nuclear de las instalaciones nucleares (Marzo 2013) • La propuesta de Reglamento por el que se imponen las con- diciones de importación de alimentos, alimentos menores y piensos originarios de terceros países a raíz del accidente de la central nuclear de Chernóbil (Junio 2019) • El informe del “Joint Research Center” sobre la aplicación al ámbito de la energía nuclear del criterio “‘do no significant harm”del Reglamento (UE) 2020/8521 sobre el establecimien- to de un marco para facilitar la inversión sostenible (Junio 2021) Los miembros del GE31 son designados por el Comité Cien- tífico y Técnico de Euratom para un período de cinco años, y se requiere para ellos un perfil profesional relacionado o con la regulación en protección radiológica, o con temas de salud pública o con temas científicos en el ámbito de la protección radiológica. En la actualidad, en representación de España, forman parte del GE31 José Miguel Fernández Soto (Ministerio de Sanidad) y Ana Ma Hernández Álvarez (Consejo de Seguridad Nuclear), que sustituyeron en 2020 a Eliseo Vañó Carruana (Ministerio de Sanidad), miembro del grupo desde 1999 y a Ignacio Amor Calvo (Consejo de Seguridad Nuclear), miembro del grupo desde 2010.                      36 RADIOPROTECCIÓN • No 103 • Abril 2022 


































































































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